PAMI pierde en Tribunales lo que ajusta en la ventanilla: los jueces ya marcaron que la salud de los jubilados no se recorta por resolución
Amparos colectivos, cautelares confirmadas por la Cámara Federal y fallos individuales que ordenan cobertura total. La Justicia se convirtió en el último recurso de los afiliados frente a los recortes de la obra social.

Mientras el PAMI endurece los requisitos para acceder a medicamentos gratuitos y acumula conflictos con sus prestadores, los tribunales federales se convirtieron en la última ventanilla de los jubilados. Y la jurisprudencia viene marcando un límite claro: las normas internas de la obra social no pueden estar por encima del derecho a la salud de los adultos mayores.
Las resoluciones que llegaron a la Justicia
El origen del conflicto judicial está en las resoluciones 2431/2024 y 2537/2024, dictadas en diciembre de 2024 por la Dirección Ejecutiva del INSSJP, que cambiaron las condiciones para acceder a la cobertura del 100% en medicamentos: acreditar ingresos, certificar que no se tiene otra cobertura y completar un trámite en línea.
En Mendoza, la Asociación de Jubilados y Pensionados (JUBYPEN) presentó un amparo colectivo. El juez federal Pablo Quiros dictó una cautelar que suspendió esas resoluciones en toda la provincia, y la Cámara Federal de Mendoza rechazó la apelación del PAMI. “La salud y la vida de una persona adulta mayor no admiten dilaciones ni burocracias administrativas”, sostuvo el camarista Gustavo Castiñeira de Dios. El mismo juzgado extendió luego la medida a los afiliados de Tucumán, a pedido del diputado nacional Carlos Cisneros y de una asociación de consumidores.
El vademécum no es un límite
En abril de este año, el Juzgado Federal 2 de Paraná, a cargo de Daniel Alonso, ordenó al PAMI cubrir al 100% el tratamiento de un jubilado de 71 años con una dermatitis atópica severa, al que la obra social le había negado la medicación por no figurar en su vademécum. El fallo consideró arbitraria la negativa y sostuvo que la seguridad social no puede supeditar la salud de un paciente a criterios puramente administrativos.
Los fundamentos se repiten en los distintos expedientes: el acceso a medicamentos esenciales está protegido por normas de jerarquía constitucional y por la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Un frente judicial que puede crecer
Hoy, para recibir los remedios sin cargo hay que cobrar menos de 1,5 haberes mínimos, unos $666.000 en noviembre, y cumplir una serie de requisitos patrimoniales. Al mismo tiempo, clínicas y sanatorios suspendieron la atención programada en octubre por el atraso de los aranceles, y médicos de cabecera denuncian recortes de hasta el 50% en sus ingresos.
Cada prestación que se corta y cada medicamento que se niega es un potencial amparo. Con casi seis millones de afiliados y una conducción que no da señales de cambio, todo indica que el conflicto del PAMI seguirá llegando a los tribunales.