La Corte Suprema fijó que la reforma laboral rige para actualizar deudas en juicios sin sentencia firme
El máximo tribunal dejó sin efecto ocho fallos de la Cámara del Trabajo y ordenó aplicar el artículo 55 de la Ley 27.802. El Gobierno celebró la decisión.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que los créditos laborales reclamados en juicios sin sentencia definitiva deben actualizarse con el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral 27.802. La regla alcanza a las causas que estaban en trámite cuando la reforma entró en vigencia, el 6 de marzo de 2026. También alcanza a los recursos de queja que todavía no tenían resolución.
El tribunal revocó ocho decisiones de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Esas decisiones habían ordenado actualizar las deudas según el índice de precios al consumidor (IPC), más un interés del 3% anual. La Corte ordenó que se dicten nuevos fallos con el sistema de la reforma.
Ese sistema parte de la tasa pasiva que fija el Banco Central. Tiene un techo: el resultado no puede superar el capital ajustado por IPC más 3% anual. Y tiene un piso: no puede quedar por debajo del 67% de ese cálculo máximo. La ley define estas pautas como de orden público, así que los jueces deben aplicarlas de oficio o a pedido de parte.
Según los fundamentos que se difundieron, la Corte consideró que ya no hacía falta resolver los planteos de inconstitucionalidad sobre las leyes de indexación. Entendió que el artículo 55 regula ahora la cuestión. Esa discusión era el eje de los recursos que habían llegado al tribunal.
La decisión tiene lectura política. El Ministerio de Capital Humano la celebró y sostuvo que unifica criterios entre juzgados y cámaras que habían llegado a resultados distintos. El artículo 55 ya estaba cuestionado: el juez Ricardo Gileta lo había declarado inconstitucional en un caso. Había objetado que daba un trato distinto a los juicios nuevos y a los iniciados antes de la ley, lo que a su criterio violaba la igualdad ante la ley. Con el criterio de la Corte, ese tipo de planteos tendrá menos margen en las instancias inferiores. Los jueces laborales deberán ajustar sus sentencias a la fórmula legal.