La Corte Suprema rechazó la queja de Yapura Astorga y la causa vuelve a la Justicia de Tucumán
El máximo tribunal nacional declaró inadmisible la presentación de la defensa del exintendente de Tafí del Valle. Entendió que el fallo de la Corte tucumana no es una sentencia definitiva, porque todavía faltan fijar las penas.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja de la defensa de Manuel Jorge Yapura Astorga, exintendente de Tafí del Valle y legislador provincial, y de otros imputados en la causa por presuntas irregularidades en la administración municipal. La queja es el recurso que se presenta cuando un tribunal local deniega un recurso extraordinario federal. Con esta decisión, el expediente sigue en Tucumán.
Según la resolución, el recurso extraordinario presentado a favor de Yapura Astorga y de Nerina Julieta Mustafá Saleme no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. Los jueces lo resolvieron por unanimidad. Ese es el requisito formal para que la Corte nacional intervenga.
La razón de fondo es que la condena todavía no tiene pena firme. La Corte Suprema de Tucumán había reconfigurado el fallo de la Sala III de la Cámara en lo Penal Conclusional, que en noviembre de 2024 condenó a Yapura Astorga. Según la información disponible, el tribunal provincial dejó sin efecto el decomiso patrimonial y ordenó que una nueva integración de la Sala III fije las penas. Además, absolvió a Yapura Astorga, a Mustafá y a Jorge Eduardo Yapura por uno de los delitos atribuidos. Esa decisión fue de hace unos tres meses.
En términos políticos, la defensa pierde la vía federal para frenar o revisar el caso por ahora. El tribunal tucumano deberá celebrar la audiencia que prevé el Código Procesal Penal y dictar un nuevo pronunciamiento solo para individualizar las penas. Tendrá que respetar la nueva calificación legal y no podrá empeorar la situación de los condenados, principio conocido como prohibición de la “reformatio in peius”.
Las defensas podrán volver a plantear sus agravios ante la Corte nacional cuando exista una sentencia definitiva, con las penas ya establecidas. La causa tiene otros imputados, entre ellos exfuncionarios municipales, cuya situación no surge del material disponible.